Las consecuencias legales de cortarle el pene a tu pareja.

Recientemente leyendo las noticias, un medio digital reseñaba el caso de una mujer que le cortó el pene a su pareja en la ciudad de Chota (Perú), hecho motivado a una sospecha de infidelidad que tuvo la fémina y no dudó en aprovechar que el hombre se encontraba dormido en estado de ebriedad para cortarle el órgano genital, de acuerdo con el código penal peruano la pena oscila entre los seis y doce años de prisión.

Cada vez que sucede un hecho de este tipo es inevitable recordar el que quizá sea el precedente más famoso en su categoría: el caso Lorena Bobbit, ocurrido en Virginia (USA) en el año1993, con la particularidad notable de una sentencia en la que Lorena Bobbit resultó “no culpable” debido a que no se encontraba en plenas facultades mentales y el juez le ordenó el sometimiento a un tratamiento psiquiátrico por su comprobada demencia temporal, pero no fue a la cárcel ya que fue absuelta. Otro caso de mutilación genital que se ha convertido en referencia al momento de realizar cualquier investigación en la búsqueda de casos análogos, es el caso Alex Bonilla, ocurrido en Miami en el año 2019, cuando éste sujeto de origen latino le cortó el pene al vecino que era amante de su esposa, hecho por el cual se encuentra preso en la actualidad cumpliendo una pena de 20 años de prisión y 10 años de libertad vigilada por presentar antecedentes penales.

En vista de la revisión de los casos antes mencionados, así como de otros que se han suscitado en diferentes países, me pregunté: ¿qué sucede si ocurre la mutilación sexual masculina en Venezuela? en lenguaje más sencillo les comento que quise asegurarme de lo que establece el código penal de mi país con respecto a esa conducta “cortante” que termina descompletando la anatomía de un hombre, y la respuesta que encontré fue la siguiente: el código penal venezolano en su capítulo dedicado a las lesiones personales contiene dos supuestos:

  • Si hay inhabilitación permanente del órgano la pena será de 1 a 4 años de prisión.
  • Si ocurre la pérdida de la capacidad de engendrar o del uso del órgano la pena será de 3 a 6 años de prisión.

Y ustedes mis queridos lectores: ¿desde qué país están leyendo este post? ¿qué opinan acerca del tema? 😉

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