Son muchas las razones que hacen a Inglaterra un país tan atractivo, desde la puntualidad que caracteriza a sus habitantes, pasando por la popular costumbre de tomar el té, la apasionada competitividad de la premier league, la riqueza literaria que por tantos años ha enamorado a los lectores más exigentes y la fantasía que despierta el clima londinense en los pensamientos en voz alta de cualquier artista. Hoy voy a dedicar este post al sistema que estructura su organización social, tan antiguo como particular y funcional, tan amplio como minucioso, y sin duda alguna constituye uno de los temas más espectaculares para el estudio por el aporte jurídico que brinda a nuestra amada ciencia…
Primero debo decirles que según tratadistas y jusrisconsultos Gran Bretaña es la cuna del parlamentarismo, a tal punto de que su prolongada evolución es uno de los fenómenos más interesantes para cualquier estudioso, por la adaptación a los hechos y la conservación de sus principios, una mezcla entre la lectura de las circunstancias actuales y el respeto por sus tradiciones, tanto así, que el sostenimiento de sus instituciones se ha mantenido aún con el transcurrir de más de tres siglos. El parlamentarismo inglés tiene características tan particulares, que toca las esferas fundamentales de esa nación, reuniendo en su composición a representantes de la monarquía y a representantes del pueblo inglés que no ostentan ningún título nobiliario.
El parlamento inglés está compuesto por dos cámaras, por lo que estamos hablando de un sistema parlamentario bicameral, la Cámara de los Lores que también se conoce como Cámara alta se encuentra conformada por unos ochocientos miembros, esta Cámara a su vez reúne dos categorías, que son los Pares o Lores Espirituales, quienes representan el alto clero anglicano, y los Pares temporales cuya designación es hecha por el Rey según los servicios prestados o simplemente por la condición de pertenecer a la nobleza. La regla general que rige la permanencia en el cargo en la Cámara de los Lores es que tal ocupación es de carácter vitalicio y hereditario para los Pares Espirituales. La utilización del término “pares” hace alusión a que estas personalidades son “Pares del Reino”, algunos datos curiosos acerca de los integrantes de la Cámara alta son los siguientes:
- Por lo general no se reúnen todos, ni siquiera en los debates más importantes.
- Las mujeres no tienen asiento en la Cámara de los Lores.
- Los Lores no tienen derecho a tomar parte en los proyectos de leyes de carácter financiero.
En lo que respecta a la Cámara de los comunes, ésta se compone de 630 miembros que resultan electos por sufragio universal, directo y secreto, por un período de cinco años (salvo disolución anticipada o prórroga de la duración de la Cámara), los diputados provienen de cualquier sector de la sociedad inglesa, gozan de inmunidad e inviolabilidad parlamentaria y promueven los principios que le son propios a la democracia. Algunos datos curiosos acerca de los miembros de la Cámara baja son los siguientes:
- Las mujeres tienen el mismo derecho que los hombres.
- Los católicos son admitidos desde 1829 y los judíos desde 1859.
- La cámara elige a su presidente, a quien se le conoce como Speaker (orador).
La figura del Speaker tiene mucha importancia en todo este tema porque se trata de un cargo que requiere de gran prestigio, ya que tal investidura le concede a este presidente de la Cámara de los comunes enormes poderes. Hay un personaje de data reciente que marcó un antes y un después en lo concerniente al desenvolvimiento de un Speaker en cada sesión parlamentaria, se trata de John Bercow quien desde el año 2009 hasta el año 2019 ejerció el cargo con un estilo inolvidable, imprimiendo características propias de su personalidad a cada una de sus intervenciones, lo que cambió radicalmente el tono de rigidez típico de esas sesiones inglesas, demostrando con su actitud que se puede gozar de prestigio y ser considerado honorable en una sociedad, sin necesidad de ser aburrido y reflejando en todo momento un carisma indiscutible que a pesar de provocar la simpatía de muchos seguidores no estuvo exento de una que otra polémica… Los invito a ver el siguiente video:
Un punto fascinante del fenómeno del parlamentarismo inglés es que entre las funciones más importantes de las Cámaras se encuentran nada más y nada menos que las de tener el control del gobierno, la administración, la actividad financiera y la política exterior; todo esto sucediendo en una nación cuya institución política más antigua en toda su historia es la monarquía, y más interesante todavía resulta su sistema de derecho consuetudinario, porque el common law impera en la esfera jurídica inglesa, de manera tal que el derecho escrito no es el principal en ese país, la costumbre se hace ley y a eso sus habitantes deben el mayor respeto, hecho que se diferencia totalmente de aquellos sistemas gubernamentales que saturan de leyes escritas a sus ordenamientos jurídicos, muchas veces con instrumentos legales repetitivos y que no implican una mayor organización ni una mayor obediencia, debido a que la obediencia a los mandatos legales tiene más que ver con la voluntad, la educación y el acervo cultural de los ciudadanos, que con la cantidad de leyes que entren en vigor para regular cualquier cantidad de circunstancias, ejemplo de ello es que los poderes públicos de Inglaterra no se encuentran establecidos en ninguna Constitución, los ingleses no se propusieron la tarea de codificar en un cuerpo legal superior las bases fundamentales de su funcionamiento político, económico y social, ellos en forma distribuida tienen una serie de normas contenidas en la Carta Magna de 1215 (instrumento legal que ya fue estudiado en una publicación anterior) así como en otras leyes, reglamentos, convenciones y principalmente en la costumbre que es la gran protagonista de su sistema jurídico.