La experticia médico legal o médico forense es una declaración emitida por un profesional de la medicina acerca del estado de una persona en las condiciones en que se encuentre, aportando una descripción detallada de gran utilidad para la valoración de pruebas por parte del juez en el proceso. El informe de la experticia debe constar de un preámbulo, un desarrollo y unas conclusiones, a la relación detallada de toda la evaluación científica practicada por el profesional de la medicina se le llama parte motiva o principal del informe, imprescindible ya que sin ella la experticia puede ser objeto de una excepción de nulidad por encontrarse viciada.
Las experticias médico-legales ocupan la categoría relacionada con la materia médica especial sobre la cual se haga el estudio específico, pueden ser: hematológicas, traumatológicas, toxicológicas, obstétricas, psiquiátricas, entre otras. La práctica de la experticia médico-legal ordenada por el fiscal del Ministerio Público sirve para examinar a la persona y para descubrir o valorar un elemento de convicción.
La valoración que realiza el juez depende de la convicción que este tenga acerca de la verdad o falsedad de los hechos ateniéndose a lo probado en autos, el informe médico-legal como medio probatorio debe suministrar al juez un conocimiento directo del hecho objeto de la prueba, he allí la función y eficacia de la prueba, y el juez mediante el mecanismo lógico de la presunción tal como lo indica la máxima “sacará consecuencias de un un hecho conocido y establecerá uno desconocido”, entre los métodos de valoración encontramos el de la prueba legal, el de la libre convicción, el de la sana crítica y el sistema mixto.
El informe médico-legal debe presentar resultados y conclusiones conforme a los principios o reglas de la ciencia médica, y debe estar firmado y sellado; en caso de ser un informe dudoso, insuficiente o contradictorio, el juez o el Ministerio Público podrán nombrar nuevos expertos de oficio o a petición de parte para que lo examinen, también pueden ordenar la ampliación o repetición de la experticia.
Existen tres principios de la criminalística que son fundamentales para la valoración de la experticia médico-legal en los procesos penales: el principio de transferencia recíproca, el de correspondencia de características y el de reconstrucción de los hechos en base a las evidencias físicas encontradas en el sitio.